Resumo
El Consejo de Europa y la Unión Europea, en varios documentos aprobados entre 2010 y 2012, reconocen abiertamente que en Europa no se han adoptado las medidas suficientes para garantizar de manera efectiva los derechos reconocidos en la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (1989) en relación con los menores extranjeros no acompañados. Por lo que se refiere a las condiciones en las que pueden ser detenidos, urge implementar un procedimiento común capaz de salvaguardar la tutela administrativa y jurisdiccional de estos menores. Palabras clave: menores extranjeros no acompañados en Europa, detención, tratos inhumanos o degradantes, interés superior del menor, Tribunal Europeo de Derechos Humanos. REMHU - Rev. Interdiscipl. Mobil. Hum., Brasília, Ano XXII, n. 42, p. 63-80, jan./jun. 2014 O seu comentário será publicado depois de ser aprovado.
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