"A pesar de la definición ampliada de Cartagena, que expande el concepto de quién puede ser refugiado, y que ha sido implementada en numerosas leyes de asilo en la región, hasta diciembre de 2019 se había observado una clara reticencia a otorgar dicho estatuto. Esta línea se quebró de manera espectacular el 3 de diciembre de 2019, cuando Brasil aprobó con una sola decisión otorgar el estatuto de refugiado a 21.432 ciudadanos venezolanos, lo que duplicaba el número total de otorgaciones en dicho país desde 2000.
Este artículo explica los motivos jurídicos y políticos que han llevado a Brasil a tomar esta decisión. En primer lugar, se expondrán de manera breve los aspectos jurídicos de la definición de refugiado en la Convención de Ginebra de 1951, sus falencias y su desarrollo posterior según la Declaración de Cartagena de 1984. También se presentará un resumen del contexto jurídico latinoamericano, principalmente en Sudamérica, referido a la recepción de venezolanos. Se procederá después al estudio del caso brasileño, y el artículo concluirá con algunas reflexiones sobre su posible impacto en otros países de la región". Análisis Carolina, Fundación Carolina, Madrid, Espanha, 9/2020 Your comment will be posted after it is approved.
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